Derechos de abuelo y nieto

Desde mi orilla

Colaboración de Manuel Fuentes González, vocal honorario de la UNEE

«Solo quiero ver a mis nietos», repite la abuela, entre sollozos, a la puerta del Juzgado. Su abogado intenta calmarla antes de entrar en la sala de juicios. La escena pasa desapercibida en medio del bullicio de una reciente y agitada mañana en el gran edificio judicial. Reparé en ella; me hizo reflexionar sobre un drama privado, silencioso, sin foco en los medios de comunicación, siempre tan saturados de noticias bélicas, inflación económica y escaramuzas de la política patria.

La estrecha relación personal entre abuelos y nietos es siempre enriquecedora, nadie lo duda. El tiempo que comparten tiene grandes beneficios para ambos, además de una inestimable ayuda en la conciliación familiar y de estructura social. Muchos mayores han estado cuidando de los pequeños desde su nacimiento, dejando a un lado su vida privada; a veces asumen tantas tareas que se habla del «síndrome del abuelo esclavo». Ni siquiera este grupo está a salvo de verse desplazado del entorno de sus nietos si surgen problemas en la pareja.

Divorcio, matrimonios rotos por mil causas, fallecimiento de uno de los padres, o el peligroso desapego de las familias, pueden originar la separación de estos retoños con sus ascendientes más mayores. Hay también otras causas menos dramáticas, pero no por ello irrelevantes, que conviene no pasarlas por alto.

A no ser que exista una causa incontestable, que la propia lógica indica, todo abuelo debería de poder ver a sus nietos. Así lo ampara el Código Civil cuando dice que no se puede prohibir a un hijo, sin justa causa, que se relacione con la familia extensa (Art. 160). Como ya ha declarado el Tribunal Supremo, no es posible impedir o limitar el derecho de los niños al contacto con sus abuelos por falta de entendimiento familiar. Hasta no hace mucho tiempo, si los progenitores de un menor negaban a sus propios padres, o a los suegros, la posibilidad de visitar a los nietos, la situación se dejaba en el olvido.

En los procesos de fractura matrimonial se presta especial atención para que la separación de los padres afecte lo menos posible a los niños, pero no siempre se piensa en cómo se sienten los abuelos, ni en que los pequeños pierden un importante referente si se les aparta de ellos. El número de casos en los que aparecen problemas para ver a los nietos es cada vez más alto debido a la situación social actual. Existen legítimos derechos para mantener ese contacto, exigibles ante los tribunales cuando la ruptura es abrupta e injustificada.

El Tribunal Supremo tiene sentado un cuerpo de doctrina respecto al régimen de visitas de los menores con sus abuelos. En esta materia rige el criterio de evidente flexibilidad en orden a que el Juez pueda emitir un juicio prudente y ponderado, en atención a las particularidades de cada caso concreto, teniendo siempre como guía fundamental el «interés superior del menor».

Más allá de normas jurídicas y doctrina jurisprudencial, debemos de reivindicar la figura del abuelo. Libérrimo en sus afectos y condescendiente en su poética ternura, liga especiales ataduras con sus nietos. Los abuelos que crían a los nietos dejan huella en sus almas. Los vínculos permanecen más allá del tiempo vivido con sus mayores; tal vez sean eternos.